El Pontífice Pío IX, que había elevado a Dogma de Fe
la Inmaculada Concepción de María dieciséis años antes, declarará el 8 de diciembre de 1870 por medio del
decreto Quemadmodum Deus, el Patrocinio de San José sobre toda la
Iglesia subrayando mediante este texto
la relación de José con su esposa y la protección especial que ejerció
tanto sobre Ella como sobre su Hijo que conocieron momentos
difíciles marcados por la incomprensión, el desarraigo, la escasez o la
incertidumbre.
La Declaración venía
además promovida por la situación que el Pontífice y la Iglesia vivían en ese
momento al ser invadidos pocos meses antes los Estados Pontificios por las tropas italianas de Víctor Manuel II, además de los
ataques que racionalismo y el
naturalismo suponían contra las religiones. En julio del siguiente año se
publica el Breve pontificio Inclyto Patriarcham pone de relieve la
necesidad de buscar en san José un protector para la Iglesia
Al cumplirse
el 150 aniversario de la declaración de san José como Patrono de la Iglesia
Universal el Papa Francisco ha convocado un "Año de San José"
mediante la Carta apostólica Patris corde (Con corazón de padre), que
se desarrollará entre los días 8 de
diciembre de 2020 al 21. Esta celebración viene no sólo motivada por el
aniversario o por la devoción particular del pontífice que diariamente - según
confiesa en el documento- y desde hace más de 40 años invoca al santo Patriarca
con una oración que aparece al final del documento pontificio y El Papa, concluye con las palabras: “Que no
se diga que te haya invocado en vano, muéstrame que tu bondad es tan grande
como tu poder”. La declaración del Año
Jubilar viene sobretodo motivada por la actual situación que sufre la
humanidad.
Indulgencia
plenaria para el "Año de San José"
Junto a la
publicación de la Carta apostólica Patris corde, se ha publicado el
Decreto de la Penitenciaría Apostólica que anuncia el "Año de San José"
especial convocado por el Papa y la relativa concesión del "don de
indulgencias especiales". Se dan indicaciones específicas para los días
tradicionalmente dedicados a la memoria del Esposo de María, como el 19 de
marzo y el 1 de mayo, y para los enfermos y ancianos "en el contexto
actual de la emergencia sanitaria". Además de las condiciones habituales:
confesión sacramental, comunión eucarística y oración según las intenciones del
Papa, podrá ganarse :
- Quien
meditará "por lo menos 30 minutos la oración del Padre Nuestro".
- Participar
en un retiro espiritual incluso por un día "que prevea una meditación
sobre San José" .
- La
indulgencia podrá obtenerse realizando "una obra de misericordia corporal
o espiritual".
- Recitar el
Rosario en familia y entre novios es una de las formas de obtener este don.
- Quien
solicite con confianza al "artesano
de Nazaret" encontrar un trabajo y para que este sea digno para todos,
podrá obtener la Indulgencia Plenaria.
- Todo fiel
cristiano que "confiará cotidianamente la propia actividad a la protección
de San José".
- A quienes
reciten las Letanías a San José (para la tradición latina), o el Akathistos a
San José en su totalidad o al menos en parte (para la tradición bizantina), o
alguna otra oración a San José, propia de las otras tradiciones
litúrgicas".
- A cuantos
invoquen a San José y oren en favor "de la Iglesia perseguida ad intra y
ad extra y para el alivio de todos los cristianos que padecen toda forma de
persecución" .
- A quienes
le recen el 19 de cada mes, y cada miércoles, día dedicado a la memoria del
Santo según la tradición latina".
Consuelo
en pandemia
Es particular
la atención a los que sufren en esta emergencia causada por el coronavirus. El
Decreto establece que "el don de la Indulgencia Plenaria se extiende
particularmente a los ancianos, los enfermos, los agonizantes y todos aquellos
que por legítimos motivos no pueden salir de su casa". Los que reciten
"un acto de piedad en honor a San José ofreciendo con confianza a Dios las
penas y las dificultades de su vida" podrán recibir este don "con un
ánimo desprendido de todo pecado y con la intención de cumplir, lo antes
posible, las tres condiciones habituales, en su propia casa o dondequiera que
el impedimento les retenga".
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