lunes, 18 de julio de 2022

AÑO JUBILAR DE LA SANTÍSIMA VIRGEN DE GRACIA. (1)

 


 

La Penitenciaria Apostólica de la Santa Sede ha comunicado recientemente la aprobación de Su Santidad el Papa Francisco de conceder un Año Jubilar con motivo del 75 aniversario de la aprobación de las primeras reglas de la Hermandad de Nuestra Señora de Gracia, patrona de nuestra ciudad, firmadas en 1948. 

 

La notificación llegó el pasado 1 de junio y ya se conoce la fecha de la apertura de la Puerta Santa, por parte del arzobispo de Sevilla, José Ángel Saiz Meneses. Será el próximo 7 de septiembre en la Iglesia Prioral de Santa María de la Asunción, extendiéndose el jubileo hasta el 10 de septiembre de 2023.

 

Hasta la aprobación del nuevo Derecho Canónico sólo en muy contadas ocasiones la Santa Sede concedía el privilegio de la celebración de un año jubilar, estando reservado a los grandes santuarios o a los jubileos universales en Roma, actualmente los Ordinarios de cada Diócesis pueden solicitarlo a la Penitenciaría Apostólica que concede la especial celebración al templo donde los fieles deben peregrinar para la obtención de la Indulgencia Plenaria,  que es el fin principal del Jubileo:  obteniéndose la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que puede obtenerse por el fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones y por mediación de la Iglesia; ésta actúa como administradora de la redención,  pues distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos.

Para nutrirse de esta Indulgencia es necesario disponerse espiritualmente: los requisitos establecidos para alcanzar esta gracia son la Confesión Sacramental (durante la semana previa o posterior a la peregrinación), Comunión Eucarística (el mismo día que se pretende obtener la indulgencia) y orar por las intenciones del Papa. (rezando un Padre Nuestro, un Ave María y el Gloria), peregrinando hasta la Sagrada Imagen de Santa María de Gracia en el templo Prioral de Santa María, nuestra Parroquia. Esta indulgencia plenaria puede obtenerse una sola vez al día, y es aplicable a uno mismo, o también a un difunto o a las ánimas benditas del purgatorio.

 

Aunque puede parecer para muchos fieles una invención reciente, una práctica obsoleta del régimen de las indulgencias o una fantasía católica, la celebración del año jubilar hunde sus raíces en el Antiguo Testamento, renovándose por el mismo Jesús y su mensaje al que primeras comunidades denominaron Buena Noticia o Evangelio tomado del jubileo hebreo; siglos más tarde la Iglesia retomó el tema del Año de Gracia y su oferta de Salvación.

 

Sirvan estas líneas para el conocimiento de nuestros hermanos y fieles a los que animamos a nutrirse de la Indulgencia y a vivir el Año Jubilar en nuestra Parroquia con profundo conocimiento.

 


 


Orígenes bíblicos de la celebración jubilar.

 

Antiguo Testamento.

 

La legislación judía sobre la celebración del año del jubileo para el pueblo hebreo se encuentra recogida en el Pentateuco y especialmente su legislación en el Levítico (25,8-54 y 27,16-24) obra compuesta en su actual forma hacia el siglo V a.C. y recogido igualmente por el apócrifo Libro de los Jubileos -100 a.C.-, ambos textos lo describen como un período anual de santificación y regeneración general.  Determinándose la celebración de un año de jubileo al año siguiente de siete años sabáticos consecutivos (el año sabático es el séptimo año de un ciclo de siete años). De esta manera el jubileo era cada cincuenta años, determinándose por las leyes religiosas dadas por Yahveh para el pueblo de Israel:

 

·                 El descanso para la tierra que debería ese año quedar en régimen de barbecho, pudiéndose recoger lo que la tierra produzca por sí misma por cualquier persona, evitándose el almacenamiento o enriquecimiento de unos pocos dueños.

·                 La reversión de la propiedad de las tierras a su dueño original, de las que habían sido desposeídos impulsados por la pobreza. De ahí que entre los antiguos hebreos, la transferencia de la propiedad no era, propiamente hablando, la venta de la tierra, sino de sus productos por un determinado número de años, y se fijaba el precio según el número de años que faltaban entre el año de la venta y el del próximo año del jubileo. En consecuencia, el derecho de posesión de los bienes raíces era inalienable.

 

·                 La liberación o manumisión de los israelitas esclavizados a causa de la pobreza por otros judíos debiendo ser puestos en libertad en el año jubilar para regresar con sus hijos a su familia y al patrimonio de sus padres.

 

La etimología de la palabra jubileo procede de la traducción latina de la Biblia que traduce “cuerno de cordero” – el shofar, con el que se anunciaba el año de gracia- por “iobeleus” (yobel: cordero), aunque en otros textos hebreos como Ezequiel se denominaba como “un toque de trompeta de libertad".  

 

 

Nuevo Testamento


En el Evangelio de San Lucas encontramos una cita que muy bien resume la misión de Jesucristo: Lc 4,18-19 (de hecho, es una cita tomada de Is 61,1-2).

 

“El Espíritu del Señor está sobre mi porque me ha ungido para evangelizar a los pobres, me ha enviado para proclamar a los cautivos libertad y a los ciegos la recuperación de la vista, para enviar a los oprimidos en libertad, y para proclamar un año de gracia del Señor”. Jesús, que recuerda esto en la sinagoga de Nazaret, concluye: “Hoy se cumple ante vosotros este pasaje de la Escritura”.  Otros textos del Nuevo Testamento nos presentan esta misma idea de Jesús: el perdón de las deudas y el prestar sin esperar nada a cambio.

 

Es significativo que Isaías denomine al jubileo mesiánico como “buena noticia” expresión que en nuestro lenguaje cristiano se traducirá por “Evangelio- como si lo esencial del evangelio fuera la proclamación del año de gracia del Señor. El contenido de este año de gracia viene a coincidir con el del año jubilar: amnistía para los prisioneros, libertad para los esclavos, rescate de los deudores. Es más, el perdón de las deudas pasa a ser también perdón de los pecados, ya que el Señor se presenta como el "goel" -"rescatador"- de los pecados en la época mesiánica: estas ideas inspiraron años más tarde para la Iglesia el jubileo como “año de gracia”. 

 

Origen de la celebración cristiana del Jubileo.

 

Debemos esperar hasta el año 1300 para que se instituya canónicamente el primer Jubileo cristiano por el Papa Bonifacio VIII aunque en la literatura cristiana anterior existen numerosas alusiones a que el computo de cincuenta es tiempo propicio para remisión de las faltas y de su purificación, así como a otras posibles celebraciones del mismo carácter en ocasiones anteriores. La Bula "Antiquorum fida relatio", alude a otros años antecedentes declarando que concede de nuevo " las grandes remisiones e indulgencias para los pecados" y especifica que concede "no solamente pleno y copioso, sino el más pleno, perdón de todos sus pecados que pueden obtenerse …visitando la ciudad de Roma y de la basílica venerable del príncipe del Apóstoles" satisfaciendo  ciertas condiciones como es el confesar sus pecados. Pero la Bula determinó esta celebración cada cien años, pero a petición del pueblo de Roma y estando el papado cautivo en Aviñón se concedería en 1349 su celebración cada cincuenta estando así mas acorde con la tradición bíblica y con el promedio de vida de aquel entonces.


Más información sobre los años jubilares en Roma:

 https://mercaba.org/JUBILEO/jubilo-2.htm

 


 

 

 


        En el origen de la Indulgencia jubilar.

 

Para Bonifacio VIII la intención la Santa Sede era la de conceder de la manera más amplia posible una indulgencia y mucho más importante el privilegio de elegir un confesor con autoridad de absolver los casos reservados, tan preeminente era el favor otorgado que se implantó la costumbre de suspender el resto de las indulgencias durante el año del Jubileo, una práctica que, con ciertas modificaciones, todavía persiste hoy. Las condiciones exactas para ganar cada Jubileo son determinadas por el romano pontífice. Las condiciones principales, no varían generalmente, son tres: Confesión, Comunión y visitas a las cuatro basílicas durante cierto período especifico o al templo fuera de Roma al que se le ha concedido.

 

Además, los Papas han ejercido constantemente su prerrogativa en la concesión a todo fiel indulgencias ad instar jubilaei (con apego al modelo del Jubileo) que se conocen comúnmente como "Jubileos extraordinarios". En estas ocasiones, como en el Jubileo mismo, generalmente se otorgan facilidades especiales para la absolución de casos reservados.  

lunes, 11 de julio de 2022

SE INICIAN LAS LABORES PARA EL BORDADO DE LOS FALDONES DEL PASO DE PALIO

 


 Durante la pasada cuaresma tuvo lugar el estreno de los faldones para el paso de palio, realizados en un tejido italiano de terciopelo martelé, presentándose también el proyecto de su bordado realizado por el reconocido artista José Manuel Bonilla Cornejo.


 

El diseño se ha inspirado en los motivos decorativos e iconográficos del paso en clara línea de las predelas o frontales de altar confeccionados durante el plateresco español, siguiéndose también para su confección la técnica denominada “a lo romano” o de repostero con aplicación de diversos tejidos. 


 

Durante los meses de verano se van a ir preparando los cientos de piezas que permitan  a partir de septiembre instalar nuevamente el taller de costura y bordados por la Fraternidad